La Corriente es una cooperativa energética sin ánimo de lucro y, como tal. siempre buscamos que nuestras tarifas sean justas.
TARIFAS EN VIGOR (Tarifas por tramos horarios y tarifas indexadas)
A continuación mostramos nuestras tarifas actualmente vigentes para: 2.0 TD, 3.0 TD y compensación de excedentes por autoconsumo fotovoltaico.
Aprovechamos para recordar que:
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- En La Corriente los precios se revisan periódicamente y no hay ningún tipo de permanencia.
- Hasta nuevo aviso, no ofrecemos tarifas anuales, de revisión anual.
- Si eres socia o socio, con tu aportación de 100€ al capital social puedes amadrinar hasta 4 contratos eléctricos, facilitando que más personas se sumen al modelo cooperativo sin necesidad de realizar una nueva aportación. Amadrinar es una forma sencilla de multiplicar el impacto colectivo y extender la transición energética desde lo común. Te contamos todo en este post.
- Puedes gestionar todas tus facturas y contratos a través del Área privada de la web. En este post te contamos cómo hacerlo.
Revisión de precios: revisamos las tarifas trimestralmente, tanto las de tramos horarios como las tarifas indexadas, para proporcionar el mejor precio posible a nuestras socias y socios.
Otra causa de revisión de precios es por las modificaciones y actualizaciones que vaya fijando la Administración estatal (Ministerio de Industria, Ministerio de Transición Ecológica, CNMC…).
NOTAS
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- Los precios no incluyen IVA, Impuesto Eléctrico ni Tasa de ocupación del suelo.
- No incluyen Financiación del bono social, ni Alquiler de contador.
PRECIOS DE TARIFAS POR TRAMOS HORARIOS:
Mecanismo de compensación simplificada entre los déficits del consumo del/la consumidor/a y la totalidad de los excedentes de la instalación del/la productor/a, tal y como establece el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
En la factura del contrato de suministro se realizará una compensación económica correspondiente a la energía vertida acorde a los siguientes precios:
- Precio de compensación ajustado acorde al precio del mercado libre. La revisión de los precios de la energía excedentaria se realizará según lo indicado en las condiciones particulares contractuales para los precios de la energía consumida.
- El importe correspondiente a la compensación realizada en factura, nunca podrá ser superior al importe facturado por la energía consumida.
Las empresas distribuidoras pueden cobrar unas cuotas por derechos de acometida y actuaciones en los equipos de medida, como por ejemplo, un cambio de tipo de tarifa o una modificación de la potencia contratada. Revisa aquí la cuantía de esas cuotas.
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Periodo Punta – de 8 a 24 h (días laborables)
Periodo Valle – de 00 a 8 h (días laborables) y todos los fines de semana y festivos estatales
Resumen anual por periodos para las tarifas 3.0TD válidos para la península. Hay variaciones en los periodos para las Islas Canarias, Baleares, y Ceuta y Melilla
Gráficos: Intergia















