Volvemos a bajar todas nuestras tarifas en septiembre
Ya están publicadas en nuestra página web las tarifas del próximo mes y estarán vigentes del 1 de septiembre al 5 de octubre, ambos días incluidos. En el caso las 2.0 TD, la bajada será de más del 12%, en concreto, del 12% para el período 1 o punta, del 13,8% para el período 2 o llano y del 14,7% para el período 3 o valle. En el caso las 3.0 TD, la bajada es de más del 14%, superando el 15% de ahorro en los períodos 4, 5 y 6. En este otro post os contábamos las claves para entender la tarifa 3.0 TD y ahorrar en la factura eléctrica.
¿Cómo podemos ofrecer esta bajada de tarifas en septiembre?
En los últimos meses hemos hecho todo lo que ha estado en nuestras manos, a pesar de la incertidumbre y volatilidad del mercado eléctrico y de la situación de la propia cooperativa que os contamos en este otro post, para ofreceros las mejores tarifas posibles. Durante este año hemos podido realizar dos bajas de precios en todas nuestras tarifas, la del próximo mes de septiembre y la del pasado mes de julio, en la que las, tanto las 2.0TD como las 3.0TD, más de un 12% y un 13% promedio, respectivamente.
Como ya sabéis, desde la cooperativa abogamos por la máxima transparencia y por eso queremos explicaros los motivos por los que podemos ofrecer esta nueva bajada en nuestras tarifas. La razón no es otra que hemos podido cerrar un precio fijo para la compra de energía de septiembre a través de coberturas, tras meses sin tener esa opción por las garantías que se exigían y las condiciones tan desfavorables para la cooperativa.
Estamos en una situación compleja que nos obliga a ir mes a mes revisando y actualizando las tarifas. Anteriormente, las tarifas de la cooperativa se venían actualizando trimestralmente pero para proporcionar el mejor precio posible a nuestras socias y socios y tener un grado de flexibilidad mayor para poder realizar revisiones a la baja de las tarifas como la de este mes o la de julio, decidimos a comienzos del año, y hasta nuevo aviso, revisarlas mensualmente cómo os contábamos aquí y/o conforme se modifiquen los peajes fijados por el Ministerio de Industria o los conceptos regulados. Dependiendo de las posibilidades de cerrar coberturas a futuro podremos mantener estos precios o incluso bajarlos. Pero, por desgracia, también está la posibilidad de tener que subirlos, en función de la evolución del mercado.
Aprovechamos este espacio para recordaros que en este otro post os contamos todos los detalles sobre la bajada del IVA del 10 al 5% y sobre el mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, conocido como tope al gas y los cambios en tu factura tras la aprobación, el pasado 8 de junio, por parte de la Comisión Europea de dicho mecanismo para generar electricidad para España y Portugal, por la llamada excepcionalidad ibérica. El Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, fue convalidado en el Congreso el pasado 17 de junio como se recoge en la Resolución 10042 del BOE.
También os recordamos que tras la entrada en vigor de la Orden TED/733/2022, de 22 de julio, por la que se aprueba el reparto de las cantidades a financiar relativas al bono social y al coste del suministro de electricidad de los consumidores a que hacen referencia los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, correspondiente al año 2022, los importes han sido modificados, con carácter retroactivo al 1 de julio de 2022, pasando de 0,03054 €/día/suministro a 0,036718 €/día/suministro. Tenéis toda la información actualizada sobre la nueva financiación del bono social eléctrico en este otro post.
¿Cómo quedan las tarifas 2.0 TD con la bajada de precios?
En el caso las 2.0 TD, la bajada será de más del 12%, en concreto, del 12% para el período 1 o punta, del 13,8% para el período 2 o llano y del 14,7% para el período 3 o valle. A continuación, os dejamos un recordatorio sobre los diferentes períodos de las tarifas actuales:
Horarios de la nueva tarificación
Períodos del término de energía para la tarifa 2.0TD
Período Punta P1 – De 10 a 14 y de 18 a 22 h (más cara)
Período Llano P2 – De 8 a 10 h, de 14 a 18 h y de 22 a 24 h. (intermedio)
Período Valle P3 – De 00 a 8 h (más barata)
**Con las nuevas tarifas los fines de semana y los festivos nacionales, incluido el día 6 de enero, se considerarán periodo valle, que es el más barato
¿Cómo quedan las tarifas 3.0 TD con la bajada de precios?
En el caso las 3.0 TD, la bajada es de más del 14%, superando el 15% de ahorro en los períodos 4, 5 y 6. En este otro post os contábamos las claves para entender la tarifa 3.0 TD y ahorrar en la factura eléctrica.
Tarifas de septiembre (vigencia: 01/09/2022 al 05/10/2022)
A continuación, os mostramos todas las tarifas y las variaciones de precio con respecto a las tarifas del mes anterior:
TARIFAS MES DE SEPTIEMBRE (vigencia: 01/09/2022 al 05/10/2022)
Revisión de precios: nuestras tarifas se revisaban trimestralmente pero ante la situación actual, se revisarán mensualmente para proporcionar el mejor precio posible a nuestras socias y socios y/o conforme se modifiquen los peajes fijados por el Ministerio de Industria, o los conceptos regulados.
NOTAS
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- Los precios no incluyen IVA, Impuesto Eléctrico ni Tasa de ocupación de suelo.
- No incluyen mecanismo de ajuste del gas (RDL 10/2022), financiación del bono social, ni alquiler de contador.
- Los nuevos precios no son directamente comparables al histórico anterior porque no aparecen con impuestos incluidos
- Según la nueva disposición BOE-A-2021-10584del 24-06-2021 se aplicará el 10% o el 21% dependiendo de las condiciones que allí se han establecido.
- Según la nueva disposición BOE del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, se aplica la reducción del impuesto eléctrico según diferentes casuísticas.
- Se aplican las modificaciones de peajes según BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 2021
- Se aplican las modificaciones de cargos y pagos por capacidad Orden TED/1484/2021, de 28 de diciembre
- [ACTUALIZACIÓN julio 2022] Se aplican las modificaciones de cargos y peajes tras la aprobación del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma que sustituye al Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
- Se amplía la fecha de la reducción del IEE hasta el 31/12/2022.
- Se amplía la fecha de la reducción de IVA al 10% hasta el 31/12/2022
- Se reduce el IVA de la factura eléctrica del 10% al 5% para:
- los contratos 2.0TD, es decir, a aquellos con potencias contratadas hasta los 10 kW. Esta rebaja se hace efectiva los meses en los que el precio medio mensual de la luz en el mercado mayorista es superior a los 45 euros el megavatio hora (MWh).
- los hogares considerados vulnerables severos. Esta rebaja del IVA de la electricidad será independiente del precio medio mensual del MWh y de la potencia contratada.
- Cambio (reducción) en los cargos del sistema a partir del 31/03/2022
- [ACTUALIZACIÓN julio 2022] Se aplica un nuevo cargo en las facturas emitidas a partir del 15 de junio y el coste de esta medida figurará en la factura, de manera separada al resto de conceptos, como un importe que dependerá del precio horario en el mercado eléctrico, tras la aprobación del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, recogida en la Resolución 10042 del BOE.
- De forma específica, en la factura se incluirá la liquidación del mecanismo de ajuste. Pero hay más, ya que… de conformidad con el Artículo 7. Liquidación del mecanismo de ajuste del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, se establece como energía asociada a unidades de adquisición aquella que no cuenta con instrumentos de cobertura, siguiendo la siguiente fórmula: la suma de los costes horarios de la energía asociada con la liquidación del mecanismo de ajuste por parte del Operador del Mercado -AJOM-, la asociada con la liquidación del mecanismo de ajuste por parte del Operador del Sistema -AJOS-, así como la propia liquidación del mecanismo sobre los servicios de ajuste del Operador del Sistema -MAJ3-, los coeficientes horarios de pérdidas -PERD- por elevación a barras de central, según la tarifa (Circular 3/2020 CNMC) y una tasa -TOVP- del 1,5%, sin perjuicio de todos los costes que legalmente se añadan o modifiquen. Por tanro: Importe Ajuste = Energía horaria * [(AJOM + AJOS + MAJ3) * (1 + PERD)] * [1 + TOVP/(1-TOVP)]
- Traducido, el mecanismo traspasará los costes del mecanismo de ajuste del gas a las comercializadoras y éstas, a su vez, lo repercutirán en las facturas eléctricas de las consumidoras y consumidores. Así como se trasladarán los ajustes del sistema, incluidos los costes asociados a esas pérdidas y la tasa del 1.5%.
- Más información en este post «El «tope» al precio del gas y cómo afecta a tu factura eléctrica».
*[Actualización tarifas] Tras la publicación Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
Tarifa anual
A partir del primer trimestre de 2022 NO estarán disponibles tarifas de revisión anuales para colectivos hasta nuevo aviso.
Tarifa modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes
En la factura del contrato de suministro se realizará una compensación económica correspondiente a la energía vertida acorde a los siguientes precios:
TERCER TRIMESTRE 2022 (vigencia: 01/09/2022 al 05/10/2022)
- Precio de compensación ajustado acorde al precio del mercado libre. La revisión de los precios de la energía excedentaria se realizará según lo indicado en las condiciones particulares contractuales para los precios de la energía consumida.
- El importe correspondiente a la compensación realizada en factura, nunca podrá ser superior al importe facturado por la energía consumida.
Más información
Cualquier pregunta o cuestión sobre la entrada en vigor de estas medidas, no dudes en contactar con el equipo en atencion@lacorrientecoop.es o a través del teléfono 685 838 817.
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